Empleado borracho bien repuesto por el TC
Empiezo como menos quiero, con un post medio abogadil.
La noticia ha dado la vuelta al mundo: una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) falla a favor de empleado ebrio y lo repone en su puesto de trabajo. Saltaron personas tan diversas como Yehude Simons, Aldo Mariátegui, Heduardo.
Fui a checar la sentencia. Y resulta que está bien repuesto! Por un momento me creí Colón, pero luego caí en cuenta que ya lo había declarado el laboralista Jorge Toyama.
Se trata de algo muy sencillo, puro sentido común. Como bien cita el fallo:
...el inciso e) del artículo 25.º del Decreto Supremo N.º 003-97-TR considera como falta grave “La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterada cuando por la naturaleza de la función o del trabajo revista excepcional gravedad. La autoridad policial prestará su concurso para coadyuvar en la verificación de tales hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo”.
Según la ley, entonces, debe tratarse de una concurrencia reiterada, no única (para labores que no revistan peligrosidad). Es decir, te tienen que ampayar borracho dos o tres veces para recién botarte. Eso lo dice la ley, no es creación del TC.
Aldo Mariátegui, que pasó por la facultad de Derecho, lo debería saber muy bien, pero se coge de cualquier cosa con tal de tratar de tirarse abajo el TC. Ya, manito.
Jacqueline Fowks anota de manera pertinente sobre la noticia:
la resolución fue dada en octubre y es extraño que se dé a conocer en la semana de fuertes casos de corrupción como el chuponeo y la pérdida de 800 cajas de documentación administrativa del Ministerio de Salud.
Y que vivan las cortinas de humo.
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